El Crédito por Retención de Empleados (ERC, por sus siglas en inglés) es un crédito fiscal reembolsable para las empresas que continuaron pagando a los empleados mientras estaban cerradas debido a la pandemia de COVID-19 o que tuvieron una disminución significativa en los ingresos brutos desde el 13 de marzo de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2021.

Empleadores elegibles puede reclamar el ERC en una declaración de impuestos sobre la nómina original o ajustada por un período dentro de esas fechas. Solo las empresas emergentes de recuperación son elegibles para el ERC en el cuarto trimestre de 2021.

Quien es elegible

Un empleador es elegible para el ERC si: Sostuvo una suspensión total o parcial de las operaciones que limitan el comercio, los viajes o las reuniones grupales debido a COVID-19 y órdenes de una autoridad gubernamental apropiada o Experimentó una disminución significativa en los ingresos brutos durante 2020 o una disminución en los ingresos brutos durante los primeros tres trimestres de 2021 o Calificado en el tercer o cuarto trimestre de 2021 como empresa emergente en recuperación.

Limitaciones

Los salarios informados como costos de nómina para la condonación de préstamos PPP u otros créditos fiscales no se pueden reclamar para el ERC en ningún período fiscal. Cómo reclamar Siga la guía para el período en que se pagaron los salarios calificados:

Después del 12 de marzo de 2020 y antes del 1 de enero de 2021 Aviso 2021-20 Aviso 2021-49 Procedimiento de Ingresos 2021-33 Después del 31 de diciembre de 2020 y antes del 1 de julio de 2021 Aviso 2021-23 Aviso 2021-49 Procedimiento de Ingresos 2021-33 Después del 30 de junio de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021 Aviso 2021-49 Procedimiento de Ingresos 2021-33 Después del 30 de septiembre de 2021 y antes del 1 de enero de 2022 Aviso 2021-49 Aviso 2021-65

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